Nuevo revés contra Zorrilla

Tamaulipas / Madero

Publicado: 27 de February, 2018 | 5:10 PM

Nuevo revés contra Zorrilla

De acuerdo al Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM), los candidatos originarios del municipio en que habrán de contender, no requieren para su registro la carta de residencia.

Mediante un resolutivo, el IETAM determinó que con el simple hecho de haber nacido en el municipio a representar o contar con un documento que acredite su residencia, no se requiere la presentación de la constancia referida.

Establece que los candidatos pueden hacer su comprobación fehaciente de la residencia de algún lugar determinado con la expedición de comprobantes de domicilio, que deben ser acreditados por los propios candidatos y partidos políticos que los postulen.

Con ello, el Instituto Electoral de Tamaulipas, también estipula que para los candidatos que no sean originarios de la localidad a contender, existe la jurisprudencia número 27/2015, emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que obliga a la autoridad electoral a valorar otros medios de prueba que resulten aptas para acreditarla.

Con este resolutivo, queda resuelta la consulta formulada por el representante del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) ante el Consejo Municipal Electoral de Ciudad Madero, basado en el artículo 185 de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas.

Es decir, el IETAM ha sido claro al precisar que las cartas de residencia no son un requisito para registrarse como candidatos en la actividad política electoral.

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